sábado, 4 de julio de 2009

PROTECCION



Prevención de daño auditivo: Asegurar un estado de salud auditivo óptimo en el personal de planta y a contrata del Ejército, mediante la promoción y protección en salud auditiva, la prevención y control de factores y agentes de riesgo para el desarrollo de las enfermedades y trastornos del aparato auditivo; y la detección precoz y restauración oportuna en aquellos afectados por éstas; con el fin de mejorar su calidad de vida y en el Ejército propender a un desempeño individual y de equipo que posibilite la ejecución de las tareas asignadas con la máxima efectividad y eficiencia, en la perspectiva de una concepción integral de la salud como bienestar bio-psico-social. En el caso del personal militar que por sus funciones se ve expuesto, en forma ocasional –en períodos de instrucción, maniobras o ejercicios– a niveles de sonido que podrían ser perjudiciales se les proporcionan los elementos de protección auditiva individual que les permita estar debidamente protegidos. Cobertura nacional.





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